La Feligresía de Vallo a mediados del
siglo XVIII
El 28 de Diciembre de 1752, en la
casa del juez ordinario de esta jurisdicción de Navia de Suarna, D. Manuel Ochoa Salazar, en la
feligresía de San Miguel de Barcia, ante D.
Vicente Pasarín y Llamas, juez subdelegado de la Real Junta para el
establecimiento de la Real Unica Contribución y yo, el escribiente que le
asiste, Diego Antonio de Navia y Lamas comparecen Juan López perito de su
Majestad, los vecinos de Vallo Félix Monasterio, Domingo López, Antonio de Coro como experto perito nombrado por el común de Vallo y D. Isidro Salgueiro presbítero cura
párroco de Vallo.
Los
datos recogidos proceden del
interrogatorio que se hizo con motivo de la elaboración del Catastro de Ensenada que se realizó entre 1750 y 1759, en los 15.000 lugares de la Corona de Castilla,
una minuciosa averiguación a gran escala de sus habitantes, propiedades
territoriales, edificios, ganados, oficios, rentas, incluyendo los censos;
incluso de las características geográficas de cada población.
Bajo
juramento en la debida forma declaran:
La feligresía, situada en la
jurisdicción de Navia de Suarna, se denomina Santa Marina de Vallo. Es de
señorío del conde de Altamira que percibe por esta razón de cada vecino al año
tres reales y 17 maravedíes y 300 maravedíes por la Luctuosa, de cada cabeza de
casa cuando muere excepto de los vecinos de Villarín, Vilor y Penedo, que se
hallan en la jurisdicción de Cervantes y son del señorío del conde de Grajal
que nada percibe por esta razón.
Vista del lugar de Vallo desde la carretera del otro lado del río
Linda por el levante con la
feligresía de Villaquinte de la jurisdicción de Cervantes, por el norte con la
de Sta. Eufemia de Folgueiras en la jurisdicción de Navia, por poniente con
Sta. María de Son también en la jurisdicción de Navia y por el sur con la de
San Justo de Villaver en la jurisdicción de Cervantes. Iniciando por el norte
en el Marco das Cancelas, sigue al Marco de Salgueiros, de ahí a la Fuente de
Couso, de ahí a la Peña Bidueda, de este al Bao de Leiredo, siguiendo al Marco
do Cereixal, de ahi al de Campolín, siguiendo al de Pena do Castelo y de este
al Marco das Cancelas.
El término tiene
8.422 ferrados de sembradura. Las especies de tierra de esta feligresía son de
sembradura de secano que producen una cosecha de trigo o centeno al año. Las
huertas con árboles frutales como cerezos, manzanos, perales o higueras. Los
prados de regadío son de primera calidad y los de secano de segunda o tercera.
Los sotos plantados de castaños. Las dehesas particulares o comunes plantadas
de robles. Los montes abiertos comunes dedicados a pasto, los de primera se
rompen cada 15 años, los de segunda cada 24 y los de tercera cada 36 años. y
otros montes inútiles.
Las
medidas: Un ferrado de sembradura de centeno tiene 27 varas
castellanas en cuadro. El término tiene 8.422 ferrados de sembradura. 16
ferrados de huerta, 534 ferrados de labradío, de primera, segunda y tercera,
246 ferrados de prado de regadío y de secano, 180 ferrados de sotos de
castaños, 20 ferrados de dehesa de robles, 3.300 ferrados de monte de primera,
segunda y tercera calidad, 4.000 ferrados de montes inútiles y los 126
restantes los ocupan las casas, eras y caminos.
Los frutos que se
cosechan en el término son trigo, centeno, maíz, castañas y coles. Un ferrado de labradío sembrado de centeno o trigo produce, un año con otro, cuatro ferrados
y medio de centeno o de trigo. Sembrado de maíz produce, un año con otro, seis
ferrados de maíz. Un ferrado de sembradura de monte de primera, el año que se rompe,
produce cuatro ferrados de centeno, si es de segunda tres ferrados y medio y si
es de tercera tres ferrados. A un ferrado de tierra de huerta se le calcula una
producción anual de 22 reales. A un ferrado de prado de regadío se le calcula
un producto anual entre 16 y 20 reales y si es de secano entre 10 y 16 reales.
Doce pies de castaños ocupan un ferrado de tierra y producen ocho, seis o
cuatro ferrados de castañas según sea el soto de primera, de segunda o de
tercera calidad.
Valor: El ferrado
de trigo se valora en cinco reales y medio. El de maíz y el de centeno en tres
y medio. El de castañas en real y medio.
Diezmos y
Primicias: De todos los frutos o productos que se recogen en el término
se paga de diez partes una como Diezmo. Al cura párroco D. Isidro Salgueiro, cada
vecino paga un cuartillo de manteca por cada vaca cuando pare y una gallina.
Los del lugar de Vallo enteramente y los de los lugares de Villarín, Penedo y
Vilor la mitad. De la otra mitad dos partes las percibe el monasterio de
Nuestra Señora de Carracedo, situado en la que llamaban provincia del Bierzo, y
la otra el párroco de San Martin de la Rivera. Percibe también el citado cura
párroco de Vallo como Primicias tres ferrados de centeno de cada matrimonio y
ferrado y medio de cada viuda. También por razón de Boto percibe el Cabildo de
Lugo de cada vecino medio ferrado de centeno.
Foto de una de las páginas del Archivo del Catastro Ensenada
El valor de los Diezmos y Primicias
que percibe el párroco ascendería a 1.000 reales, los correspondientes al
Monasterio de Carracedo a 200 y al cura de San Martín de la Rivera a 100
reales. El valor de lo que percibe el Cabildo de Lugo equivale a 49 reales.
Molinos: En el
término hay cuatro molinos harineros: Uno denominado Debajo del Puente de una
rueda que muele ocho meses al año con agua del río; pertenece a Antonio
Fernández y consorte y se valora en 66 reales su producto. Otro situado en el
sitio denominado Puente de Coro que muele seis meses al año con agua del río;
pertenece a Antonio de Coro y consorte y su producto se valora en 55 reales.
Otro en el sitio del Pontón, de una rueda, que muele seis meses con agua del río de Vallo; pertenece a Alonso López y consorte y su producto se
valora en 51 reales. Otro en el sitio de Leiredo que muele seis meses al año
con agua del arroyo de ese nombre; pertenece a Domingo Asenjo y consorte y se
calcula su producto en 52 reales.
Ganado: Las clases
de ganado que hay en este término son bueyes, vacas, novillos, novillas,
terneros, terneras, ovejas, carneros, cabras, cabritos, corderos, cerdos
grandes y pequeños, cerdas de vientre, sin que haya rebaño o yeguada que paste
fuera del término.
El producto de los animales que hay
en el término se valoran de la manera siguiente: A una vaca de vientre que
puede procrear desde los cuatro a los doce años regulan su cría, el año que la
tengan, en veintidós reales y por la leche y manteca doce reales. Una oveja que
puede parir de los tres a los siete años regulan cada cría en cuatro reales. A
una oveja o carnero le calculan media libra de lana al año que valoran en
diecisiete maravedíes. Una cabra que puede empezar a parir a partir de los tres
años hasta los ocho regulan su producto en cuatro reales. A una lechona de
vientre que puede parir desdelos dos a los tres años se considera que parirá
una vez cuatro lechones se valora cada lechón a los seis meses en cinco reales.
Un novillo o novilla separado de la madre al año se le calcula un aumento hasta
los dos años de veintidós reales y de los dos a los tres otros veintidós. A un
cordero de un año hasta los dos se la calcula un aumento de cuatro reales y de
los tres a los cuatro otros cuatro reales. A un cabrito desde un año hasta los
tres se le considera un aumento de cinco reales. A un lechón desde los seis
meses a un año se la calcula un aumento de ocho reales,
Colmenas: En la
feligresía hay 93 colmenas que pertenecen a: 8 al cura párroco D. Isidro Salgueiro, otras 8 a Diego Pallín de la feligresía de San Esteban de Paderne, 2 a Alonso López,
4 a Gregorio Pérez, 3 a Francisco González, 20 a Francisco López, 2 a José Bernárdez,
3 a Juan Rodríguez Conde, 20 a Pedro López, 3 a D. Pedro Saavedra, 4 a Santiago
Méndez, 3 a Domingo Pérez, 2 a Juan Pérez y las otras 3 a Domingo Asenxo. El
producto de cada una de ellas en miel, cera y enjambre, se calcula en cuatro
reales de vellón al año.
La feligresía se compone de 29
vecinos incluyendo al cura párroco. Hay 33 casas habitables y una en ruinas.
Los vecinos del lugar de Vallo
pagan anualmente treinta reales con treinta y dos maravedíes por el servicio de
justicia a la jurisdicción de Navia y los Villarin, Penedo y Vilor a la de
Cervantes treinta y tres reales de vellón según consta en la documentación que
aportan.
Anexo. La
equivalencia de las monedas de aquella época (1.750) con las actuales sería
aproximadamente: Un Escudo equivaldría a 102 €uros, 40 reales de aquella época y 544 maravedies tambien de la época.
Un Real equivaldría a 2’5 €uros. Un Maravedí equivaldría a 0’20 €.
Eladio Rodríguez Souto
Murcia, 13 de Mayo de 2020
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